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P2P, una práctica cuestionada

Conforme los dichos del Ministerio de Cultura de España, las prácticas habituales del intercambio de archivos vía Internet, también conocido como el famoso sistema P2P, constituye una conducta ilegal que debe ser castigada, lo cual se traduce en una conducta punible desde el punto de vista del derecho, por lo cual es preciso analizar si efectivamente el libre intercambio de archivos en el ciberespacio constituye una conducta ilegal que debe ser sancionada por la ley, pues hasta la fecha se han generado numerosos debates entre una y otra postura sin llegar a una definición concreta respecto del tema.

Para muchos no será una novedad el que ciertos portales que difundían la práctica del P2P hayan tenido que cerrar de manera indefinida sus sitios web por una demanda interpuesta bajo la argumentación de estar violando los derechos de autor y generando de una u otra forma un empobrecimiento indirecto de los creadores de los archivos intercambiados en cuestión. En relación a ello los tribunales han fallado de manera uniforme en relación a que resulta simplemente imposible el castigar la conducta definida como el intercambio de archivos vía Internet, pues resulta imposible acreditar un enriquecimiento injusto o sin causa por parte de los sostenedores de los sitios web que propagan el sistema P2P, al igual que también es dificultoso el acreditar que no se están respetando los derechos de autor.

No obstante lo anterior, el Ministerio de Cultura de España se empeña en demostrar lo contrario y ha comenzado exponer en Internet algunos puntos que se considera deberían ser a lo menos sopesados por quienes se encuentran atraídos por el intercambio de archivos bajo el sistema p2p. Estos cuestionamientos son diversos y han encontrado una postura contraria por parte de quienes defienden las prácticas del intercambio libre de archivos, por lo que en resumen hoy existe un debate abierto entre el gobierno y los usuarios.

Algunos de los puntos a debatir son:

1) Si el Internet es gratuito, ¿por que debería pagar por lo que en él está contenido?,
2) cuando estoy bajando música o películas desde Internet, ¿estoy cometiendo un delito?,
3) ¿Puedo utilizar aquellos archivos que no tengan el símbolo de Copyright debidamente señalizado?,
4) ¿Es legal utilizar el contenido de Internet siempre y cuando se cite al autor?,
5) Cuando utilizo un sistema de intercambio de archivos como el p2p, ¿necesito algún tipo de autorización?

Obviamente que a todas las preguntas recién mencionadas, el Ministerio de Cultura defiende una posición de ilegalidad respecto a las conductas relativas al uso de sistemas p2p, sin embargo otra parte de los involucrados tiene bastante buenos argumentos para rebatir la posición oficial del gobierno y aclarar el punto sobre el cual se debate, señalando que en resumen si bien es cierto existen ciertos derechos de autor, en ningún momento se está evadiendo el pago de los derechos que correspondan, aunque la protección y debido cuidado de las creaciones intelectuales y de otros tipos son exclusiva responsabilidad de quien las crea, pues resulta poco viable que otros cuiden el derecho de quien no es capaz de ejercerlo debidamente.


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